Europa quiere proteger a los denunciantes fiscales

Por Patricia Lampreave, profesora del IEB y experta en política fiscal europea de la Comisión Europea.

Varios han sido los escándalos recientes publicados en prensa donde se ha puesto de manifiesto el relevante papel que han jugado los que se han atrevido a sacar a la luz actos ilícitos de diversa índole que han dañado al interés público (a través de la evasión y elusión de impuestos y el trato favorable de las autoridades fiscales a ciertas multinacionales, entre otros).

A modo de ejemplo podemos mencionar la filtración de los conocidos papeles de Panamá, lo que ha tenido consecuencias de diversa índole en varios países (entre ellos España) o los documentos confidenciales publicados por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación en 2014 que denunciaban los acuerdos secretos (conocidos como tax rulings) firmados por las autoridades fiscales de Luxemburgo (entre 2002 y 2010) con 340 multinacionales en los que se les reconocía una tributación efectiva mucho más reducida que la que les hubiera correspondido de no acogerse a dicho acuerdo, como ya recogí en CincoDías el 17 de febrero de 2015.

Esta filtración sin duda benefició a la Comisión Europea en su proceso de apertura de expedientes de ayudas de estado fiscales contra Luxemburgo. Gracias a esta filtración se puso fin a décadas de fallidos requerimientos por parte de la Comisión a Luxemburgo, vía Tribunal de Justica de la UE, por negarse éste a suministrar información sobre los acuerdos a los que llegaba con las multinacionales.

No olvidemos, que el que fue presidente de Luxemburgo durante años es el actual presidente de la Comisión Jean-Claude Juncker. La Comisión Europea consciente de lo anterior y presionado por el Parlamento europeo y varias ONGs, hizo pública el pasado 17 de abril una propuesta de directiva que garantiza un elevado nivel de protección para los denunciantes que, en el curso de sus funciones o en relación con sus funciones, tenga conocimiento de hechos que den lugar a la presunción de la existencia de una posible actividad ilegal, incluidos el fraude, el blanqueo de capitales y la corrupción, en perjuicio de los intereses de la Unión Europea.

La Comisión, en esta propuesta, alienta a los Estados miembros a establecer normativas exhaustivas para proteger a estos denunciantes, obligando a crear canales seguros de notificación y a proteger a los alertadores contra el despido, la degradación y otras formas de represalia. Se exigirá a las autoridades nacionales que informen a los ciudadanos y formen a las autoridades públicas sobre el trato que deben dispensar a los denunciantes.

Además, la propuesta también protege a quienes actúan como fuentes de periodistas de investigación, ayudando a garantizar que la libertad de expresión y la libertad de los medios se defiendan en Europa. Según la comisionada de Justicia de la UE, Vera Jourova, la propuesta beneficiaría directamente a los periodistas que pudieran temer las consecuencias de hacer bien su trabajo, refiriéndose a las represalias sufridas por los periodistas Daphne Caruana Galizia, de Malta, y Jan Kuciak en Eslovaquia por atreverse a denunciar ciertos casos de corrupción.

No obstante, muchos de los denunciantes no son grandes consorcios de periodistas sino trabajadores de multinacionales, entidades financieras o despachos de abogados que pierden por sus actos, su empleo, su reputación o incluso su salud.

Según la encuesta Global de Ética Empresarial de 2016, el 36% de los trabajadores que han notificado conductas irregulares ha sufrido represalias. Este miedo a sufrir represalias tiene un efecto muy disuasorio. Respondiendo al Eurobarómetro de 2017, el 81% de los encuestados reconoció que no informarían sobre infracciones que conocieran a través del desempeño de su trabajo por temor a las consecuencias legales y financieras que ello pudiera acarrear. Actualmente la protección a los denunciantes de irregularidades en toda la UE es dispersa y desigual.

Solo diez Estados miembros de la Unión Europea garantizan la plena protección de los denunciantes: Francia, Hungría, Irlanda, Italia, Lituania, Malta, Holanda, Eslovaquia, Suecia y Reino Unido. En los demás países de la UE, la protección otorgada es parcial: cubre solo a los servidores públicos, a sectores específicos (por ejemplo, los servicios financieros) o a ciertos tipos específicos de ilícitos (por ejemplo, la corrupción). En España, la protección es parcial y se aplica únicamente a determinados sectores o categorías de trabajadores.

En caso de no funcionar los canales internos, se notificará a las autoridades competentes que así determine cada Estado. Estas autoridades estarán obligadas, en un plazo de 3 meses (prorrogables a 6 meses en casos complejos), a dar su opinión a las personas denunciantes sobre el supuesto presentado. Si no funcionaran los canales internos ni los externos, los denunciantes podrán acudir a la prensa y hacerlo público, sin temor a sufrir represalias.

La propuesta protege las denuncias genuinamente destinadas a salvaguardar el interés público. Por lo tanto, también incluye salvaguardas para desalentar potenciales informes maliciosos o abusivos, así como para prevenir el daño reputacional injustificado que cualquier trabajador pretenda llevar a cabo movido por intereses particulares y no por interés público.

Todo depende del compromiso de cada Estado al implementar esta Directiva en su legislación. Si la idea es crear un organismo público más, que solamente sirva para incrementar el gasto público pero que no proteja a los denunciantes (o incluso que pueda suponer un peligro para el que denuncia al pretender alguien de dicho organismo parar algún asunto por proteger los intereses del denunciado), entonces esta propuesta quedará invalidada de origen.

 

Tribuna publicada en Cinco Días